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Permanent URI for this collectionhttps://hdl.handle.net/20.500.11818/5082
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Browsing Derecho by browse.metadata.advisor "Cabrera Cueto, Yda Rosa"
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Item Adecuación de la pretensión en el proceso de hábeas data y reconocimiento del derecho a la autodeterminación informativa(2022-01-18) Ccolqque Torres, Maximiliano; Cabrera Cueto, Yda RosaEl desarrollo del presente trabajo tiene como objetivo analizar un proceso hábeas data, el mismo que tiene como objeto de protección el derecho de acceso a la información pública, así como el derecho de autodeterminación informativa. Cabe precisar que nuestra Constitución de 1993 y el Código Procesal Constitucional, regulan los diferentes procesos constitucionales de tutela de derechos fundamentales y control normativo. Entre los procesos constitucionales para defender los derechos subjetivos de alcance constitucional y en particular los derechos arriba mencionados, tenemos al hábeas data. Cabe precisar que el Código Procesal Constitucional desarrolla y amplia los alcances y ámbito de protección de la escueta regulación realizada en los incisos 5) y 6) del artículo 2 de la Constitución. La presente controversia se inicia por la negativa del Hospital Regional de Loreto de proporcionar una información que debía obrar en sus archivos. El rechazo del pedido se basó en que el Hospital ya no se encontraba obligado a guardar dicha documentación, puesto que había trascurrido demasiado tiempo.Item Aplicación del principio de primacia de la realidad en los contratos de locación de servicios simulados(2020-02-24) Caceres la Torre, Georgina; Cabrera Cueto, Yda RosaEl presente trabajo de suficiencia profesional tiene como objetivo analizar la aplicación del Principio de Primacía de la Realidad en un contrato de locación de servicios simulado, que no es otra cosa que demostrar una discordancia entre los hechos y los documentos. En este sentido, desde el prisma del derecho laboral y en atención a su naturaleza protectora, si se logra demostrar la discordancia, el contrato de naturaleza civil deberá convertirse irremediablemente en un contrato de laboral. Ahora bien, para la aplicación del Principio de Primacía de la Realidad el Juez lleva a cabo una actividad probatoria previa. Es por ello que en el proceso laboral materia de análisis se trata de identificar la presencia de los elementos primordiales de un contrato de trabajo en un contrato civil. La presente controversia se inicia por la demanda planteada por un abogado contra un estudio de abogados, al considerar que el contrato de locación servicios ocultaba una verdadera relación laboral.Item Criterio judicial sobre obligación de dar suma de dinero con dación de pago(2020-01-17) Menéndez Castillo, Ramón Francisco; Cabrera Cueto, Yda RosaEl presente trabajo, es el análisis del Expediente en materia Civil Comercial, siendo la Materia Obligación de Dar Suma de Dinero, tramitado en vía de Proceso Único de Ejecución, demanda que fue interpuesta en un inicio por el primer acreedor (demandante) contra la deudora (demandada), siendo cedidos los derechos y garantías del demandante a favor de un tercero (cesionario) cediendo en su calidad de cesionario del demandante los derechos y garantías a favor del tercer y último acreedor (cesionario). Las partes celebran un Acta de Conciliación de Acuerdo Total, motivo por el cual el ejecutante solicito la conclusión del proceso, necesitando la aprobación previa de dicho acto jurídico por parte del Juzgado. El, A quo desestima el pedido, porque considero que declarar procedente la dación de pago se incurriría en la desnaturalización del objeto del proceso. En grado de Apelación del Auto Final que declaro improcedente la dación de pago ofrecida por la parte demandada, la Segunda Sala Civil con Subespecialidad Comercial en Resolución número Dos, resuelve aprobar el acto jurídico posterior a la sentencia consistente en la dación de pago acordada por las partes; en consecuencia, concluida la etapa de ejecución disponiendo el archivo definitivo de lo actuado. Confirmar la resolución en apelación, que declara no ha lugar a cursar partes a Registros Públicos, dejando a facultad de ejercer el derecho del recurrente en la vía administrativa correspondiente.Item Deducción del gasto del impuesto a la renta en base a la casación N° 8327- 2015(2020-02-24) Vásquez Orihuela, Josué Raúl; Cabrera Cueto, Yda RosaEl presente trabajo de suficiencia establece como objetivo general el Determinar los casos en que corresponderá efectuar la deducción del gasto del Impuesto a la Renta en base a una penalidad y como objetivos específicos determinar los casos en que corresponderá efectuar la deducción del gasto del Impuesto a la Renta en base a una penalidad contemplada en un contrato por escrito y en un contrato verbal. Se basa en la descripción de la realidad, plateándose como problema general: ¿En qué casos corresponderá efectuar la deducción del gasto del Impuesto a la Renta en base a una penalidad? Se desarrolla el marco teórico, abordando el marco histórico de la administración tributaria en el Perú, el marco teórico, marco legal y finalmente el diseño metodológico que se utilizó. Y finalmente se realiza la síntesis y discusión del caso que llego hasta el recurso extraordinario, teniendo como demandante a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT y el procurador Adjunto a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas y como demandado a la sentencia de vista expedida por la Sétima Sala Especializada en lo Contencioso.Item El derecho de acceso a la información pública frente a la cultura del secreto de las entidades públicas(2020-01-16) Cruzado Sánchez, Roger; Cabrera Cueto, Yda RosaEl desarrollo del presente trabajo tiene como finalidad analizar el derecho que tiene todo ciudadano de poder acceder a una información pública de cualquier administración como garantía del Estado Constitucional de Derecho. Nuestra Carta Suprema y el Código Procesal Constitucional regulan mecanismos procesales para defender los derechos subjetivos de alcance constitucional, y en particular el acceso a toda información pública. Es así que se ha regulado el proceso constitucional de habeas data, como aquel proceso de tutela de derechos fundamentales encaminado a proteger los derechos fundamentales reconocidos por los incisos 5) y 6) del artículo 2 de la Constitución Política del Estado. La presente controversia se inicia por la negativa de una Universidad Pública de facilitar determinada documentación al demandante, bajo el argumento de que la solicitud efectuada no ha cumplido con las formalidades establecidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la referida universidad. Asimismo, existen interesantes sentencias en las que el Tribunal Constitucional Peruano ha definido sus alcances y contornos.Item Desalojo por ocupación precaria: EXP. N° 2823-2010(2022-01-10) Castro Rodriguez, Lourdes Maria; Cabrera Cueto, Yda RosaEl expediente objeto de la presente investigación es la institución del Desalojo por Ocupante Precario como materia controversial, el accionante solicita la restitución de la posesión de su propiedad, causado por el incumplimiento de pago de la cláusula contractual. Con respecto al DESALOJO, explica que es la restitución de la posesión, se tramita en vía de proceso sumarísimo. La PROPIEDAD es el bien que adquiere una persona (natural o jurídica) para disfrutar, disponer o reivindicar. La POSESIÓN es por el cual una persona ejerce dominio sobre el bien, sin título alguno. PRECARIO, es la persona que no tiene título justo o este ha fenecido. La COMPRA VENTA, es el acto jurídico celebrado por una persona natural o jurídica sobre su bien para disponer siguiendo los requisitos señalados por la ley. En mérito de cómo se han venido dando los diferentes contratos concernientes a temas patrimoniales, tanto como los diferentes sujetos que participan dentro de un proceso de Desalojo. Se debe tener en cuenta de cómo se interprete la norma esta puede generar un impacto importante en los bienes inmuebles de los litigantes que estén llevando una controversia, según su condición sea propietario o poseedor del bien inmueble.Item Es necesario acreditar que el empleador realizó actividad minera para recibir una pensión de jubilación minera(2022-02-25) Gamarra Gonzales, Rosmery; Cabrera Cueto, Yda RosaEl presente trabajo se titula ““ES NECESARIO ACREDITAR QUE EL EMPLEADOR REALIZÓ ACTIVIDAD MINERA PARA PERCIBIR UNA PENSIÓN DE JUBILACIÓN MINERA” y tiene como objetivo analizar un proceso judicial en donde se demanda una Pensión de Jubilación Minera. La controversia se inicia porque la entidad que administra el Sistema Nacional de Pensiones deniega la pensión de jubilación minera, al considerar que el ex empleador nunca realizó una actividad minera. El presente trabajo analiza los argumentos contenidos en cada de una de las sentencias, en particular las consideraciones y criterios que hay que tener en cuenta para que el asegurado pueda gozar de una pensión minera, como por ejemplo la actividad que realiza el empleador y los documentos que debe presentar el demandante para acreditar dicha condición.Item La motivación del Laudo Arbitral también es una garantía del debido proceso(2022-02-19) Fernandez Quispe, Juan; Cabrera Cueto, Yda RosaEl presente trabajo analiza un proceso donde se pretende la anulación del laudo dictado por un Tribunal Arbitral, alegando que el laudo no se encuentra correctamente expedido, dado que viene afectando el derecho de defensa, el principio de congruencia procesal, y la debida motivación. La parte demandada contesta la demanda señalando que en el presente proceso arbitral no se han quebrantado los principios de independencia e imparcialidad. Asimismo, no se afectado el derecho de defensa, puesto que han evaluado prolijamente los argumentos de ambas partes procesales. Al respecto, cabe señalar que es atribución exclusiva de una de las partes alegar y acreditar la causal de anulación del laudo. Es así que conforme se desprende de lo establecido en los artículos 63° y 64° de la Ley de Arbitraje, es necesario que las parte expongan claramente sus argumentos y los medios probatorios correspondientes.Item El otorgamiento de la pensión de invalidez por enfermedad profesional y la responsabilidad de la compañía de seguros(2020-01-17) Barrientos Ccalle, Geaneth; Cabrera Cueto, Yda RosaEl presente trabajo tiene como finalidad analizar un proceso judicial en donde un trabajador que sufre una enfermedad profesional en su centro de trabajo, demanda a la Oficina de Normalización Profesional para que le conceda una pensión de invalidez regulada en la Ley 26790. Es por ello que en el presente caso se analiza a quién le corresponde asumir el pago de dicha prestación cuando se presenta una enfermedad profesional o accidente de trabajo en el centro de labores. El actor considera que la responsabilidad de pagar la pensión siempre debe recaer en la Oficina de Normalización Previsional, sin embargo, para arribar a dicha conclusión es necesario indagar si la ONP o el ex empleador ha suscrito una póliza de seguros con una Compañía de Seguros del sistema financiero. Adicionalmente ello, será necesario indagar o verificar entre otros factores, la fecha de cese y la fecha de certificado médico, máxime si la Ley 26790 ha desplazado al Decreto Ley 18846.Item La presunción de inocencia en el delito de robo agraviado, análisis del recurso de nulidad 1847 - 2018(2022-02-19) Huaman Zea, Dalmiro; Cabrera Cueto, Yda RosaEl presente trabajo se titula “LA PRESUNCION DE INOCENCIA EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, ANALISIS DEL RECURSO DE NULIDAD 1847 -2018” tiene como objetivo general analizar el expediente de recurso de Nulidad N°1847-2018, en concordancia con el ACUERDO PLENARIO 02-2005. Es menester precisar que el acuerdo plenario 02-2005, comprende los criterios que debe tener el órgano jurisdiccional al momento de valorar la declaración tanto de la víctima como del testigo. Esto en virtud debido a que argumentaba que existía un sinnúmero de ejecutorias supremas que absolvían a los imputados bajo la frase que la sola declaración de la víctima o del testigo no observaba la presunción de inocencia. Este hecho ha cambiado a razón del acuerdo plenario 02 2005, ya que ahora si la sola declaración si puede enervar la presunción de inocencia, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecido en dicho acuerdo. Con ello se pone fin a un clima de impunidad imperante a la fecha. Esto sin dejar de garantizar el derecho fundamental como es la presunción de inocencia, pero también indica criterios o requisitos que se deben de tener en cuenta en declaración testimonial del agraviado, sobre el hecho ilícito que le atribuye al procesado. Siendo así que se ha analizado el Recurso de Nulidad en mención en concordancia el acuerdo plenario 2 2005.Item Responsabilidad patrimonial de la administración pública(2022-03-02) Condori Yana, Rosa; Cabrera Cueto, Yda RosaEl presente trabajo analiza un caso de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública, lo cual demuestra que no solamente existe responsabilidad civil inter privatos, sino que existen supuesto de hecho en que la actuación o función de la Administración Pública puede generar daños, en cuyo caso tiene la obligación de indemnizarlos. En este contexto, en el presente caso se advierte las deficiencias adjetivas y sustantivas que este régimen padece en sede judicial. Lógicamente, el análisis no está destinado a cuestionar los poderes y potestades que debe tener toda Administración Pública en base al ius imperium, sino analizar las garantías de protección que debe tener el usuario de un servicios público cuando los referidos poderes se manifiestan en forma ilegítima o se ejercen arbitrariamente, con lo cual, en caso de comprobarse un accionar indebido, se debe garantizar realmente que los particulares puedan recibir una indemnización por los daños que sufren con ocasión de una actuación arbitraria y dañosa de la Administración PúblicaItem Los topes legales en las pensiones y el Fondo del Sistema Nacional de Pensiones(2022-02-04) Romero Melendez, Andrés; Cabrera Cueto, Yda RosaEl presente trabajo tiene como objeto aportar una visión crítica de la praxis profesional, dado que se puede observar, este caso es una muestra palpable, que se presentan reiteradamente demandas para solicitar el recalculo de pensiones sin respetar las pensiones máximas o topes legales que resultan aplicables al momento de otorgar una pensión de jubilación. El pago de una pensión máxima resulta acorde con la sostenibilidad financiera y la intangibilidad del Fondo del Sistema Nacional de Pensiones, por lo que resulta discutible sostener que existen regímenes especiales exceptuados de dicho parámetro. La controversia que se analiza se inicia por la negativa de la Oficina de Normalización Previsional de recalcular la pensión, al haber comprobado que su goce se encuentra dentro del máximo legal. En el presente trabajo se analiza por un lado los criterios que vienen aplicando los operados jurisdiccionales sobre la pensión máxima legal y por otro lado se analiza los reales alcances de la categoría conceptual de sostenibilidad financiera desarrollada por el Tribunal ConstitucionalItem Únicamente al trabajador obrero le corresponde percibir la renta vitálica o pensión de invalidez(2022-03-10) Huaman Cadia, Marco Cesar; Cabrera Cueto, Yda RosaEl presente trabajo tiene como propósito analizar un proceso judicial en donde un trabajador o asegurado demanda a la Oficina de Normalización Profesional para que le conceda una pensión de invalidez regulada en la Ley 26790. En la presente controversia se discute dos temas trascendentales que tienen relación con el derecho reclamado, en primer lugar, se discute si el trabajador tenía la calidad de empleado u obrero, dado que si se da el primer supuesto no podría acceder a una pensión de invalidez. En segundo lugar, se discute qué entidad tiene la responsabilidad de pagar la pensión, dado dependiendo del contrato de seguro podría ser Oficina de Normalización Previsional OPNP o la Compañía de Seguros.