Doctorado en Derecho
Permanent URI for this collectionhttps://hdl.handle.net/20.500.11818/4747
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Browsing Doctorado en Derecho by Author "Angulo Zavaleta, Ronald Johanne"
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Item El proceso de amparo electoral y su incidencia en la revisión de las resoluciones del JNE(Universidad Inca Garcilaso de la Vega, 2023-10-10) Angulo Zavaleta, Ronald Johanne; Vásquez-Caicedo Pérez, GiovannaEl presente trabajo de investigación tiene como objetivo determinar los alcances y la correcta aplicación por parte de los órganos jurisdiccionales de los precedentes del Tribunal Constitucional sobre la pertinencia de la revisión de las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones. Para ello, hemos examinado los fallos expedidos en los procesos de amparo seguidos a nivel nacional contra el citado organismo electoral, como consecuencia de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Se aplicó métodos de análisis, síntesis y comparativo para el estudio de la legislación, doctrina y jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre los casos en los que resultó procedente la revisión de las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones a través del proceso de amparo. Para la obtención de datos se utilizó la técnica de la observación documental, así como de las resoluciones del Tribunal Constitucional y de los órganos jurisdiccionales que resolvieron los procesos de amparo electorales como consecuencia de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Se utilizó la hoja de registro documental, fichas bibliográficas y resumen como instrumentos de recolección de datos (cuestionario). La muestra estuvo compuesta por 60 abogados del Jurado Nacional de Elecciones (pertenecientes al Ministerio Público y a la Secretaría General) y abogados litigantes en materia electoral. Se concluyó que: 1) El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha establecido que los procesos de amparo en contra de las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones proceden cuando se trate de un proceso irregular, entendido este, como aquel donde se violan derechos básicamente de naturaleza procesal (debido proceso y tutela jurisdiccional efectiva) o donde se viola algún derecho fundamental. 2) La judicialización de los actos electorales implica que existan órganos electorales autónomos y especializados, así como también un marco jurídico adecuado (una sinergia entre ambos), que nos permita brindar garantías necesarias para salvaguardar la protección de 4 derechos políticos y la organización estadual; privarnos de esta garantía significa falta de legitimidad y por ende un caos de gobernabilidad y de las instituciones del Estado.3) El Jurado Nacional de Elecciones, no solo emite resoluciones jurisdiccionales en materia electoral, sino también resoluciones administrativas, referidas a asuntos que no constituyen materia electoral. De allí que no resulte vana la precisión realizada por las normas citadas al establecer como irrevisables, únicamente, sus resoluciones en materia electoral. 4) Existen dos tesis contrapuestas con relación a la revisión de las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones en sede judicial. La tesis permisiva permite la revisión de la resolución electoral ante TribunalesJudiciales que no forman parte de los órganos electorales, mediante losprocesos de Amparo u otro análogo. La tesis negativa, que desestima la posibilidad de cualquier recurso o mecanismo de cuestionamiento de las decisiones electorales. 5) Si se admite la posibilidad – excepcional- de utilizar el amparo contra las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones, es preciso determinar si la peculiaridad de abordar la materia electoral trae consigo la necesidad de regular una modalidad de proceso de amparo con especiales características al que podría denominarse “amparo electoral”. 6) Los órganos jurisdiccionales cuando revisan las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones, lo hacen en forma desmedida y arbitraria, inaplicando los lineamientos establecidos por el Tribunal Constitucional en cuanto la procedencia de los procesos de amparo electoral y bajo el argumento generalizado de la defensa del debido proceso y de derechos fundamentales, sin considerar el peligro que ello importa a la gobernabilidad del país, al introducir incertidumbre en el recambio de autoridades por mandato judicial cuando esta facultad es exclusiva del Supremo Tribunal Electoral.