“Los Contratos de Asociación en Participación y su Impacto en el Impuesto a la Renta de la Empresa Autotaxi Satelital S.A.C. – Callao, Año 2023”

Abstract

La empresa AUTOTAXI SATELITAL S.A.C. es una empresa con personería jurídica de derecho privado, con capitales colombianos; fue creada el tres de febrero de dos mil nueve, con el objetivo de prestar apoyo a las actividades del transporte terrestre, específicamente al servicio de taxi en Lima Metropolitana. La empresa AUTOTAXI SATELITAL S.A.C., para cumplir con los servicios indicados, requiere, de una parte, de los servicios de conductores taxistas, quienes, con vehículo propio o alquilado, se afilian a la empresa AUTOTAXI SATELITAL S.A.C., suscribiendo un contrato de Asociación en Participación y abonando una tarifa plana diaria. De otra parte, utiliza aplicaciones creadas con carácter propio, para gestionar el servicio y monitoreo del servicio de taxi solicitado por el cliente usuario. El presente trabajo ha permitido analizar el impacto en los resultados del impuesto a la renta de tercera categoría a la que está afecta la empresa AUTOTAXI SATELITAL S.A.C. debido a la suscripción de los contratos de asociación en participación entre la empresa AUTOTAXI SATELITAL S.A.C., en calidad de asociado y el conductor afiliado, en su calidad de asociante, considerando que el generador de los beneficios económicos por el servicio de taxi es el conductor. La Ley General de Sociedades definió la intervención del asociado y asociante en el contrato de asociación en participación, otorgándole características específicas, limitaciones, presunciones sobre bienes contribuidos y los resultados de las participaciones. Sin embargo, las Normas tributarias no aclararon el efecto de este tipo de contrato de asociación en participación, oportunamente. Esta situación obligaba a otorgar comprobante de pago a los conductores afiliados en su calidad de asociante, para que logren el beneficio de mantenerse activo y realizar los servicios de taxi, permitiéndole generar ingresos. Con fecha dos de abril de dos mil veintiuno se publicó la Resolución del Tribunal Fiscal número 02398-11-2021, constituyendo jurisprudencia de observancia obligatoria, definiendo la participación del asociado y los efectos en el impuesto a la Renta. Posteriormente, el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante la publicación del Decreto Legislativo mil quinientos cuarenta y uno (1541) publicado el día veintiséis de marzo de dos mil vendidos, modificó el artículo cinco del Decreto Supremo Nro. 179 – 2004 – EF, 10 Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, con el fin de perfeccionar el tratamiento tributario aplicable a los contratos de asociación en participación. Este nuevo escenario tributario, ya no obliga a emitir comprobantes de pago por los pagos realizados por los conductores, en su calidad de asociantes. Asimismo, estos ingresos, por obtener la característica de dividendos, son presentados en las declaraciones mensuales ante la Autoridad tributaria como ingresos exonerados para, posteriormente, realizar la distribución correspondiente.

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Keywords

Contrato de asociación en participación, Comprobantes de pago, Renta de tercera categoría

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