Restricción en cobertura del CAT/AFOCAT, a los vehículos de servicio de transporte público (ómnibus, taxi y mototaxi), que participan en accidentes de tránsito, comisaria Mirones Bajo – Año 2024.

dc.contributor.advisorCruz Vegas, Ruben Alfredo
dc.contributor.authorSalcedo Vega, Eduardo Cesar
dc.date.accessioned2025-07-10T21:07:58Z
dc.date.available2025-07-10T21:07:58Z
dc.date.issued2025-07-10
dc.description.abstractEl presente trabajo, es la observación en el campo real de la regulación antes, durante y después de la realización de los eventos accidentes de tránsito, respecto de las consecuencias de estos eventos en la salud y vida de los participantes y si lo regulado por la norma, brinda esta seguridad; conocido es que, la circulación de los vehículos en las vías de tránsito se encuentra regulado en Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y también por el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, también llamado Código de Tránsito, que regulan la obligatoridad de las autorizaciones y licencias para la circulación de los vehículos y acreditación de los conductores, pero en este marco normativo, revisado la data, no se encontraba regulado la protección de los usuarios a la realización de los eventos accidentes de tránsito; en este sentido, es de público conocimiento que, ante el resultado y consecuencias de los eventos y como consecuencias resultado lesiones y/o muerte de los participantes, no existia regulación de protección de estas víctimas, a la realización y denuncia de estos eventos y solo contando con la participación de los operadores de justicia, estas situaciones erán resueltos por instancias judiciales. Es pués que, por Ley N° 28839 emitida en de julio de 2006, el cual modifica los artículos 30º y 31º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, referido al Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) e incorporá el artículo 431-A al Código Penal y el Fondo de Compensación, emitido con el Decreto Supremo que modifica el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por accidentes de tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 049-2000-MTC y el Reglamento del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2004-MTC, que respalda las atenciones y obligaciones de la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), cuyo fundamento es la protrección ante las consecuencias del evento súbito, imprevisto y violento en el que participa un vehículo automotor en marcha o en reposo en la vía de uso público, causando daño a las personas, que se encuentran en el interior del este, así como también a los transeúntes (peatones) que circulan en la vía pública pueda ser determinado de una manera cierta, por lo que regula y se brinda la protección mediante la póliza de Seguro, cuya denominación es SOAT. Es pués que, ante la dación de este marco normativo, es que opera en forma paralela el conocido como Asociación de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT), conformada por personas naturales y/o jurídicas autorizados por la entidad correspondiente, puedan realizar el servicio de transporte público (ómnibus, taxis y mototaxis, las cuales administran un fondo de pensiones regionales y provinciales, siendo regulado por el Decreto Supremo Nº 0402006-MTC, otorgando Certificados de Accidentes de Tránsito (CAT); pero el caso es que, realizado el evento los participantes al ser asisitidos por efectivos PNP y trasladados con el CAT, por los servicios de emergencias (bomberos, SAMU u otros), estos son recibidos pero solo se les brinda la atención primaria; es decir primeros auxilios, mas no se les brinda otra atención, por la atención por el CAT, contraria situación, cuando si son recibidos y atendidos cuando se cuenta con la póliza SOAT por los centros hospitalarios particulares, siendo obligados a concurrir y se les brinde la atención por cuenta propia, por el ESSALUD o SIS.
dc.description.uriTrabajo de Suficiencia Profesionales_PE
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.11818/9702
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad Inca Garcilaso de la Vegaes_PE
dc.publisher.countryPE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/closedAccess
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
dc.subjectafocat
dc.subjectcat
dc.subjectsoat
dc.subjectsamu
dc.subjectpnp
dc.subjectessalud
dc.subjectmtc
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
dc.titleRestricción en cobertura del CAT/AFOCAT, a los vehículos de servicio de transporte público (ómnibus, taxi y mototaxi), que participan en accidentes de tránsito, comisaria Mirones Bajo – Año 2024.
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
renati.advisor.dni42664438
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-8697-4468
renati.author.dni41815016
renati.discipline421016
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Inca Garcilaso de la Vega. Facultad de Derecho y Ciencias Políticases_PE
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE

Files

Original bundle

Now showing 1 - 4 of 4
Loading...
Thumbnail Image
Name:
CARATULA - SALCEDO VEGA EDUARDO CESAR.pdf
Size:
515 KB
Format:
Adobe Portable Document Format
No Thumbnail Available
Name:
TSP - SALCEDO VEGA EDUARDO CESAR - RP -.pdf
Size:
2.73 MB
Format:
Adobe Portable Document Format
No Thumbnail Available
Name:
AUTORIZACION REPOSITORIO - SALCEDO VEGA EDUARDO CESAR.pdf
Size:
170.33 KB
Format:
Adobe Portable Document Format
No Thumbnail Available
Name:
TURNITIN - SALCEDO VEGA EDUARDO CESAR.pdf
Size:
7.27 MB
Format:
Adobe Portable Document Format

License bundle

Now showing 1 - 1 of 1
No Thumbnail Available
Name:
license.txt
Size:
1.71 KB
Format:
Item-specific license agreed upon to submission
Description:

Collections