Consecuencias jurídicas derivadas de la aplicación de la Ley Nº 31165 que regula la realización de Audiencias de Conciliación a través de medios electrónicos u otros similares
Date
2022-08-03
Authors
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Publisher
Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Abstract
El objeto de la presente investigación fue determinar las consecuencias jurídicas de la
Ley Nº 31165, ley que modifica la ley de Conciliación Nº 26872, permitiendo la realización
de las audiencias de conciliación a través de medios electrónicos, bajo los principios que
rigen el procedimiento conciliatorio. La hipótesis utilizada para la contrastación fueron las
siguientes: la potencial transgresión al principio general conciliatorio consistente en la
autonomía de la voluntad de las partes conciliantes en el desarrollo de la audiencia de
conciliación a través de medios electrónicos; el potencial riesgo de suplantación de
identidad de los sujetos procesales en las audiencias de conciliación desarrolladas a
través de medios electrónicos, debido a la falta de herramientas de software digital para
mayor seguridad; y el eventual peligro de vulneración al principio de confidencialidad en
el proceso conciliatorio por medios electrónicos. Al realizar la contrastación de la
hipótesis se utilizó la argumentación para construir el discurso jurídico relacionado con
las consecuencias jurídicas de la Ley Nº 31165. Finalmente, se concluye que en la
normativa de modificación no se establecieron parámetros normativos expresos para
garantizar la optimización del principio de la autonomía de la voluntad de las partes
conciliantes; asimismo, en la normativa de modificatoria no se establecieron parámetros
tecnológicos para evitar el potencial riesgo de suplantación de identidad; y finalmente, el
principio de confidencialidad se ve vulnerado por la falta de implementación de un
acuerdo de confidencialidad expreso en la Ley de Conciliación.
Description
Keywords
Conciliación, principio de confidencialidad, virtualidad, vulneración a principios procesales, suplantación de identidad